Rutas de Lima exige a la Municipalidad de Lima que le pague
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Rutas de Lima exige a la Municipalidad de Lima que le pague

Luego que la Corte Federal de Washington D.C. rechazara el pedido de la MML de anular los laudos arbitrales emitidos en favor de la concesionaria, Rutas de Lima quiere que la alcaldía de Rafael López Aliaga le pague cerca de 200 millones de dólares como indemnización.

Como si ya no estuviera endeudada, ahora la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) deberá pagar cerca de 200 millones de dólares a la concesionaria Rutas de Lima, como parte de la indemnización que se le adeuda a la empresa por los dos laudos arbitrales internacionales que obtuvo a su favor.

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Tan solo horas después de que la Corte Federal del distrito de Washington, D.C. ratificó la plena vigencia y validez de los dos laudos, emitidos en el 2020 y el 2022 a su favor, Rutas de Lima emitió un comunicado exigiendo a la municipalidad liderada por Rafael López Aliaga, que cumpla con el pago de la indemnización.

“Exhortamos a la MML y demás entidades del Estado peruano a respetar no solo los 2 laudos arbitrales internacionales a favor de Rutas de Lima y dar cumplimiento inmediato a los mismos, incluyendo el pago de las sumas debidas, sino además a cumplir con la decisión de la justicia de los Estados Unidos”, precisó la concesionaria en su cuenta de X.

Como ya es costumbre en la gestión del alcalde López Aliaga, la Municipalidad Metropolitana de Lima respondió, en la madrugada de este jueves, el pedido de Rutas de Lima con acusaciones, asegurando que apelará lo resuelto por la jueza de Columbia. “Condenamos que Odebrecht y sus cómplices sigan mintiendo a los peruanos con información falsa”, dice el comunicado de la MML.

“Pruebas no son fiables”

En un documento de más de 50 páginas, la jueza Ana C. Reyes, de la Corte de Columbia de Estados Unidos, detalló por qué rechazó el pedido de la MML de anular los dos laudos arbitrales a favor de Rutas de Lima.

En un breve resumen, la Corte recordó que la disputa administrativa se inició en enero del 2013 cuando la MML firmó el contrato de concesión con Rutas de Lima para construir, mejorar y mantener carreteras urbanas. Para pagar esta infraestructura, la MML acordó que Rutas recibiría ingresos de las casetas de peaje nuevas y existentes.

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“Rutas cumplió con sus obligaciones y a finales del 2016 inauguró la Nueva Unidad de Peaje Chillón (NCTU). Lo que ocurrió después tomó por sorpresa a los funcionarios de Lima. Los residentes protestaron vehementemente por los nuevos costos; algunos incluso se amotinaron. Los funcionarios públicos rápidamente se resignaron a esta reacción política. Lima cerró el NCTU y luego canceló los aumentos de tarifas contractuales en las cabinas de peaje existentes. Y se negó a compensar a Rutas por sus costos y perdió ingresos”, describe la Corte.

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Es en ese año que Rutas de Lima inició un arbitraje internacional alegando que Lima había violado el contrato de concesión. Lima respondió que Rutas había sobornado a funcionarios para obtener el contrato.

Así relata la Corte cómo la MML perdió los laudos arbitrales:

“El tribunal escuchó y rechazó esta defensa, declaró a Lima en incumplimiento y otorgó una indemnización por daños y perjuicios. Sin inmutarse, Lima dobló su apuesta y prohibió a Rutas cobrar peajes en el NCTU e implementar un aumento de tarifas acordado en las cabinas de peaje existentes. Rutas interpuso un segundo arbitraje, también relacionado con el Contrato, y Lima volvió a argumentar corrupción. Un segundo tribunal también escuchó y rechazó esta defensa, también declaró a Lima en incumplimiento y también otorgó una indemnización por daños y perjuicios. Con intereses y daños continuos acumulándose diariamente, los dos laudos arbitrales ahora suman más de $196 millones”.

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Respecto al pedido de anulación del primer laudo, la Corte señala que la MML argumentó que Rutas de Lima sobornó a funcionarios, por lo que los descargos que presentó ante el tribunal fueron fraudulentos y por esta razón la decisión del tribunal debía ser anulada.

Para comprobarlo, la MML ofreció presentar pruebas nuevas, pero la Corte consideró que estas no son probatorias ni son fiables. “La Corte no encuentra las "nuevas pruebas" de Lima confiables, y mucho menos persuasivas. La "nueva evidencia" consiste en declaraciones extrajudiciales hechas por testigos cooperantes ante los fiscales y otros documentos cuidadosamente seleccionados”, dice la jueza.

Básicamente indicó que la defensa de la MML no sabía cómo obtuvo la Fiscalía (el Equipo Especial del caso Lava Jato) las declaraciones de los testigos, ni  cuando se realizaron las entrevistas, ni si los testigos estaban bajo juramento. La Corte cuestionó así la información obtenida por los fiscales y que fue presentada por la MML como parte de su argumento ante la denuncia de soborno de funcionarios.

“Los fiscales obtuvieron la mayoría de las declaraciones de los testigos a través de un proceso conocido en Perú como "colaboración efectiva", mediante el cual los sospechosos intercambian testimonios a cambio de una sentencia reducida o inmunidad total”, indica la Corte.

Respecto al segundo laudo arbitral, la MML pedía que se anulara porque aseguraban que el tribunal cometió una mala conducta al admitir algunos de los anexos, pero no todos los anexos, de una acusación fiscal de 3.876 páginas que presentó mucho después del cierre de las pruebas.

Al respecto, la jueza precisó que la Ley Federal de Arbitraje (Federal Arbitration Act, FAA) afirma que un tribunal puede anular un laudo arbitral "cuando los árbitros fueron culpables de mala conducta... al negarse a escuchar pruebas pertinentes y materiales para la controversia". Además, asegura que “un árbitro puede(...) optar por acelerar un procedimiento excluyendo pruebas y testimonios que considere irrelevantes o duplicados”.

Es por ello, que concluye que el hecho de que un árbitro no reciba pruebas pertinentes no constituye una mala conducta que requiera la anulación del laudo del árbitro, tal como señala la MML. “Es comprensible que el tribunal descartó la mezcla unilateral y extraída de pruebas que el Fiscal (Rafael) Vela presentó en la audiencia. Y Lima nunca le dijo al tribunal que los anexos (supuestamente) abordaban estas lagunas probatorias, presumiblemente porque sabía muy bien que el tribunal no le permitiría completar sus pruebas después de la audiencia”, dice el documento de la Corte.

Es por estas razones que la jueza concluyó que la Corte “rechaza la imprevista invitación de Lima. No alterará una ley bien establecida al volver a escuchar un reclamo que dos tribunales han rechazado de forma independiente. No considerará que los abogados de Rutas cometieron fraude al defender a su cliente. Y no cuestionará una resolución procesal bien fundada. En cambio, la Corte NIEGA las peticiones de Lima de anular los Laudos Primero y Segundo y CONCEDE las mociones contrarias de Rutas para confirmarlas”.

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El exregidor de la MML, Víctor Aguilar, criticó en su cuenta de X que el estudio legal que defendió a la municipalidad en los dos laudos arbitrales que perdió ante Rutas de Lima fue contratado nuevamente por López Aliaga por 1.6 millones de dólares para seguir a cargo de la defensa de la comuna metropolitana.

En tanto, mientras que el alcalde Rafael López Aliaga niega que lo resuelto por la jueza de Columbia reitere la vigencia del contrato de concesión con Rutas de Lima y la concesionaria exige el pago de la indemnización, el Tribunal Constitucional falló hace algunos días a favor de la suspensión del cobro de peajes en Ancón.