El juez supremo provisional Juan Carlos Checkley ha dispuesto para este jueves la realización de la audiencia virtual privada. Nueve meses de prisión es lo que pide la fiscal suprema Zoraida Ávalos para el parlamentario acusado por violación sexual.

La fiscal suprema Zoraida Ávalos ha solicitado nueve meses de prisión preventiva para el congresista Freddy Díaz Monago, contra quien ha formalizado investigación preparatoria por el presunto delito de violación sexual en estado de inconciencia en agravio de una extrabajadora de su despacho.

La decisión final la tomará el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley, quien ha convocado a una audiencia virtual privada de prisión preventiva, que se realizará este jueves a las 12:30 de la tarde.

Resolución que convoca a audiencia de prisión preventiva | PDF
Resolución que convoca a audiencia de prisión preventiva

En su requerimiento de prisión la fiscal Ávalos alerta, en primer lugar, la existencia de “fundados y graves elementos de convicción que vinculan al imputado con la comisión del delito atribuido”.

En este punto, hace un recuento de los hechos ocurridos el 27 de julio pasado en el despacho del congresista Díaz, de los videos que grabó uno de los excompañeros de trabajo de la exempleada parlamentaria, de las declaraciones testimoniales del mismo trabajador del  Congreso y de agentes de seguridad que conocieron los hechos, del acta policial de inspección de la sede congresal y de las pericias ordenadas posteriormente por el Ministerio Público.

En segundo lugar, la fiscal sostiene que la prognosis de pena privativa de la libertad contra Díaz Monago es superior a los cuatro años, tanto para el delito de violación sexual en estado de inconciencia o en la imposibilidad de resistir, como para el de violación sexual agravada, que alternativamente se le imputa a Díaz.

Ambos delitos “encuentran su límite inferior en los 20 años de pena privativa de la libertad”.

Y como tercer punto, Ávalos calcula una “alta probabilidad” de fuga y de obstaculización de la investigación.

De acuerdo con el requerimiento fiscal, el peligro de fuga se sustenta en la carencia o la incertidumbre de arraigos domiciliario, familiar e, incluso, laboral, pues, como parlamentario, al momento de la elaboración del requerimiento fiscal, Díaz se encontraba suspendido por 120 días luego de que la Comisión de Ética del Congreso lo hallara responsable de ingerir licor en la sede estatal.

Otros fundamentos del peligro de fuga señalados por la fiscal son la gravedad del delito, la magnitud del daño causado -que considera irreparable-, la falta de actitud voluntaria para reparar o reducir el daño causado, y la conducta inmediata que mostró luego de que los hechos fueron revelados.

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