Después de más de 20 años de lucha legal, las 80 víctimas de la contaminación producida por el centro metalúrgico de La Oroya han sido escuchadas. En un histórico fallo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos responsabilizó al Estado peruano de no  regular y fiscalizar las actividades del complejo metalúrgico y vulnerar así los derechos a la salud y al medio ambiente sano de los habitantes de La Oroya. Es estruendoso el silencio del Ministerio de Ambiente sobre lo decidido en la Corte.

“El Estado fue como un padre que nunca nos dio la cara, nunca se preocupó por nuestra población”, contó Rosa Amaro, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el 2022. Amaro acudió a la audiencia ante la Corte para dar su testimonio como afectada por la contaminación de aire y agua que sufrió durante muchos años la comunidad de La Oroya.

“Durante el periodo que hemos estado viviendo allá en La Oroya ha sido muy desastroso. Había la neblina de los gases tóxicos que emanaban del complejo y donde muchas personas, niños sobre todo, sufrían. Los gases transformados, como si fueran la caspa del cabello impregnados en el rostro de los niños”, contó entonces Amaro de 74 años.

Testimonio de Rosa Amaro ante la Corte IDH por caso La Oroya. Fuente: Corte IDH

Rosa se refería al Complejo Metalúrgico de La Oroya (CMLO), el cual empezó a operar en esta zona de Junín desde 1922. El CMLO estaba dedicado a la fundición y refinamiento de metales con altos contenidos de plomo, cobre, zinc y arsénico, entre otros. El complejo metalúrgico fue parte de la empresa estatal Empresa Minera del Centro del Perú, S.A. pero en 1997 fue adquirido por la empresa privada Doe Run Perú S.R.L.

El impacto de la contaminación dejada por el CMLO en el aire y el agua de La Oroya ha sido tan significativo que, en el 2006, fue catalogada como una de las 10 ciudades más contaminadas del mundo. Algunos habitantes de La Oroya presentaron metales -plomo incluido- en su sangre, superando tres veces el límite establecido por la Organización Mundial de la Salud. Esto fue verificado por estudios realizados en 2003, 2005, 2007, y 2010.

Foto: Red Muqui.

Un largo camino

Rosa Amaro, su esposo y su hijo, son parte de las 80 víctimas de la contaminación que dejó el funcionamiento del CMLO. Incluso, dos niños de 5 y 14 años fallecieron debido al alto nivel de contaminación en su sangre. Tras conocerse a través de diversos estudios de salud que las concentraciones contaminantes en el aire, el agua y el suelo en La Oroya superaban los lineamientos establecidos por la legislación nacional y por los estándares internacionales, Amaro inició una lucha exigiendo que el Estado peruano se hiciera cargo del tratamiento médicos de los comuneros.

En el 2002 algunas víctimas presentaron una acción de cumplimiento contra el Ministerio de la Salud y la Dirección General de Salud Ambiental ante el Poder Judicial. En su demanda solicitaron la protección del derecho a la salud y a un medio ambiente saludable de la población de La Oroya. Cuatro años después el Tribunal Constitucional declaró parcialmente fundada la demanda y ordenó la implementación de un sistema de emergencia para  atender la salud de las personas contaminadas, la realización de acciones tendientes a la expedición de un diagnóstico de línea base, y la realización de programas de vigilancia epidemiológica y ambiental en la zona de La Oroya.

Sin embargo, ante el incumplimiento del Estado, las víctimas acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la que en el 2021 presentó la denuncia ante la Corte IDH. Hoy, después de más de 20 años de lucha, la Corte IDH les ha dado la razón a las víctimas.

Sentencia histórica

En una audiencia realizada por la mañana, la Corte IDH declaró al Estado peruano como responsable por la violación a los derechos al medio ambiente sano, entre otros, de los habitantes de la comunidad de La Oroya.

En la sentencia se precisó que el Estado peruano no veló por garantizar los múltiples derechos humanos de al menos 80 comuneros, entre ellos, algunos menores de edad. La Corte ha señalado directamente el incumplimiento del Estado de regular y fiscalizar las actividades del complejo metalúrgico lo que ocasionó que se vulneraran los derechos al medio ambiente sano, la salud, la vida y la integridad personal de las víctimas.

“Perú es responsable por la violación a los derechos al medio ambiente sano, la salud, la integridad personal, la vida, la protección especial de la niñez, el acceso a la información, la participación política y las garantías judiciales y la protección judicial en perjuicio de 80 habitantes de La Oroya”, dice la sentencia.

La Corte señaló que el derecho a un medio ambiente sano constituye un interés universal y es un derecho fundamental para la existencia de la humanidad. El Tribunal consideró que la contaminación del aire y el agua puede constituir una causa de efectos adversos para la existencia de un medio ambiente saludable y sostenible.

La Corte IDH además concluyó que el Estado violó el derecho a la protección judicial, pues transcurridos más de 17 años desde una decisión del Tribunal Constitucional para la protección para los habitantes de La Oroya, el Estado peruano no adoptó medidas efectivas para cumplir con la sentencia.

Es por ello, que en su fallo de hoy la Corte ordenó al Estado peruano que, entre otras medidas, realice un diagnóstico de línea base para determinar el estado de la contaminación del aire, agua y suelo en La Oroya, el cual debe incluir un plan de remediación para daños ambientales. Así como, brindar atención médica gratuita a las víctimas de violaciones a sus derechos a la salud, vida e integridad personal.

La Corte IDH le da un año de plazo al Estado peruano para que rinda al Tribunal un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la sentencia.

El silencio del gobierno es rotundo. A pesar de la importancia del tema, ninguna autoridad se ha pronunciado. Ni siquiera considerando que este fallo se produjo el día del agua y los vecinos de La Oroya ni siquiera han tenido el derecho a acceder a agua pura, sin contaminación de metales.

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