El juez Juan Carlos Checkley ha ordenado archivar el proceso penal iniciado contra la exfiscal Zoraida Ávalos por abrir investigaciones contra Pedro Castillo pero reservar el inicio de las diligencias preliminares hasta que terminara su mandato. Que termine el proceso penal no tiene relación con el hecho consumado de que fue inhabilitada por el Congreso.

La exfiscal suprema Zoraida Ávalos le ha ganado una batalla en el Poder Judicial a la suspendida fiscal Patricia Benavides. El juez Juan Carlos Checkley concluyó que Ávalos no cometió delito al abrir investigación contra Pedro Castillo, pero reservar el inicio de las diligencias preliminares hasta cuando terminara su gobierno. Ha ganado la batalla penal pero aún así, Ávalos sigue inhabilitada por el Congreso porque se trata de dos procesos distintos.

En el auto de excepción de improcedencia de la acción penal fallado este miércoles, el juez Juan Carlos Checkley sostuvo que “Ávalos Rivera no omitió ilegalmente acto alguno de su cargo” y reconoce que ella siguió la tradición de sus predecesores. “Se siguió, dice el auto, una opción interpretativa, la cual considera este juzgado no es irrazonable, impertinente, inverosímil o absurda; es más, prácticamente con sus matices era seguida como doctrina imperante por los especialistas en la materia”.

Excepción Improcedencia de Acción Zoraida Avalos | PDF | Fiscal | Derecho penal
Excepción Improcedencia de Acción Zoraida Avalos

Esta es una alusión a fiscales como Gladys Echaíz, quien cuando fue fiscal de la Nación no solo no investigó al entonces presidente Alan García, sino que incluso fue denunciada por supuestos actos de encubrimiento de las investigaciones contra el entonces mandatario. Sobra recordar que la hoy congresista Echaíz se sumó a la denuncia de Patricia Chirinos que a la postre terminó en la inhabilitación de Avalos y su acusación constitucional.

El juez Juan Carlos Checkley desestimó los argumentos de la denuncia constitucional presentada por la fiscalía de la Nación contra Avalos y sostuvo que está justificada la interpretación que hizo la entonces fiscal: “Ávalos Rivera abrió investigación preliminar al ex presidente Castillo Terrones (en dos carpetas fiscales) , con lo cual no siguió la interpretación que hasta dicha oportunidad tenía la fiscalía; sin embargo, bajo cánones de interpretación, que este juzgado considera justifican su posición, en el marco del ejercicio de sus funciones, ya que contaba con alternativas entre las que tuvo que decidir cuál era la más adecuada”. Dice el juez que “no puede calificarse como dolosa a una línea de interpretación del artículo 117 de la Constitución Política del Perú”. El artículo 117 es el quid del asunto pues contempla cuales son las causales por las que un presidente en ejercicio puede ser acusado penalmente.

Artículo 117

El auto del juez Checkley le da la razón a la defensa y en consecuencia sobresee la causa y ordena archivarla definitivamente. No obstante, la inhabilitación de Avalos sigue vigente pues es un proceso distinto: en junio pasado, 71 congresistas aprobaron la resolución legislativa que la inhabilita por infracción constitucional del artículo 159 de la Constitución que establece que los deberes del Ministerio Público.

Ahora, con las revelaciones hechas en la Operación ValKiria, todo indica que esa inhabilitación fue producto de un canje de votos con participación del ahora confeso asesor de la fiscal de la Nación, Jaime Villanueva. Pero por ahora lo hecho, hecho está.

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