El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, ha pedido al Congreso no abusar de su facultad de legislar y que convoque a las instituciones a opinar sobre las propuestas legislativas. El Ejecutivo también ha pedido a los parlamentarios no aprobar autógrafas por insistencia sin debatir, desde diciembre del 2022 a julio del 2023, el Ejecutivo observó 69 autógrafas de ley.

Desde el Poder Judicial las críticas al Congreso por intentar aprobar una contrarreforma en el sistema de justicia, han sido firmes. El presidente de la Corte Suprema, Javier Arévalo, ha manifestado su rechazo a la intención del Parlamento de aprobar dos proyectos legislativos, uno de Fuerza Popular y otro de Alianza Para el Progreso (APP), que buscan reformar el sistema de justicia.

La primera propuesta legislativa establece la creación de una Comisión de Alto Nivel Multipartidaria encargada de presentar una propuesta de reforma integral del sistema de justicia. Mientras que la segunda propuesta, presentada por el congresista Roberto Chiabra de APP, apunta a modificar los artículos 106 y 107 de las leyes de las carreras judicial y fiscal para incluir al Parlamento como la institución encargada de destituir a los fiscales y jueces supremos de sus cargos.m, una facultad que actualmente tiene la Junta Nacional de Justicia. Tras la polémica, la bancada de APP decidió retirar el proyecto de ley.

El presidente del Poder Judicial ha sido bastante crítico respecto al “abuso” que estaría cometiendo el Congreso con su facultad de legislar, al presentar leyes sin considerar opiniones técnicas o debatirlas con las instituciones involucradas.

“Si bien es cierto, reconocemos la facultad del Congreso de emitir leyes y reformar la Constitución, también consideramos que toda nueva ley o toda reforma tiene que ser adecuada, no podría ser un abuso de la facultad legislativa, sino debería consultársenos y ser materia de debate. No se puede hacer reformas en el Poder Judicial a espaldas del Poder Judicial", dijo Arévalo en RPP.

Fuente: Andina

No es la primera vez que el Congreso es criticado por su falta de rigurosidad al momento de legislar. El Ejecutivo ha invocado al Parlamento e, incluso, ha presentado un proyecto de ley para pedir a los congresistas que no aprueben las autógrafas observadas sin antes ser debatidas dentro de un plazo razonable. Esto con el fin de que las opiniones técnicas de las instituciones o especialistas convocados sean escuchadas por los parlamentarios.

“Observaciones no son un capricho”

En junio del año pasado, el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, exhortó a los congresistas a no aprobar automáticamente las autógrafas de ley observadas por el Ejecutivo

“Tenemos que buscar un equilibrio. Cuando una ley es expedida por el Congreso de la República, el Poder Ejecutivo tiene la facultad de observarla o no y si la observa no es un capricho, ya que lo hace con un informe técnico. (...) Vemos con preocupación que cuando observamos una norma y la devolvemos al Legislativo, casi en automático, por insistencia y sin análisis adicionales, el Congreso las aprueba”, dijo Otárola.

Un mes después, el Ejecutivo presentó el proyecto de ley 5639/2023-PE que plantea modificar el reglamento interno del Congreso de la República para que los congresistas debatan en un plazo razonable los argumentos de las autógrafas observadas.

En el oficio dirigido al presidente del Congreso, Alejandro Soto, el primer ministro Otárola y la presidenta Dina Boluarte piden que la propuesta legislativa sea tramitada con carácter urgente.

El proyecto legislativo propone incluir en el artículo 77 del reglamento del Congreso que “en el caso de las autógrafas observadas, el debate y votación en la comisión debe efectuarse a partir del décimo quinto día útil” desde que se reenvía al grupo de trabajo.

En sus argumentos, el Ejecutivo asegura que en la práctica los parlamentarios dedican muy poco tiempo para debatir las observaciones realizadas y, en algunos casos, hasta se exonera del trámite de estudio ante la comisión y se aprueba directamente en el Pleno.

Para ejemplificar esta situación, se contabilizaron los días que las comisiones dedican a debatir las autógrafas observadas antes de emitir un nuevo dictamen. Según se detalla en la propuesta legislativa, desde diciembre del 2022 a julio del 2023, el Ejecutivo observó 69 autógrafas de ley. De ellas, 6 contaban con dictamen en comisión, 12 estaban agendadas para ser votadas por insistencia en el Pleno, 6 fueron aprobadas por insistencia y 17 que ya habían sido aprobadas por insistencia ya estaban publicadas en El Peruano.

Tras la revisión de las autógrafas, se detectó que durante ese periodo, el Congreso emitió en 10 ocasiones un dictamen favorable para insistir en la aprobación de las autógrafas observadas por el Ejecutivo, pese a que habían pasado menos de 15 días desde que llegaron a las comisiones.

Ignorando el pedido de urgencia del Ejecutivo, el proyecto sigue en espera de debate en la comisión de Constitución.

Populismo legislativo

Esta práctica legislativa de aprobar con rapidez y sin mayor debate las autógrafas observadas por el Ejecutivo no es novedad. El analista legal Rodolfo Reyna comentó a Epicentro Tv el año pasado que, desde el 2006 hasta setiembre del 2023, más de 700 autógrafas habían sido observadas por el Ejecutivo; de ellas fueron aprobadas 268 por insistencia. Además, indicó que, solo entre el 2022 y el 2023, el Ejecutivo observó 203 autógrafas y 82 de ellas fueron aprobadas por insistencia por el Congreso.

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Solo en los últimos meses del 2023, el Pleno del Congreso aprobó, por insistencia, la ley que reconoce derechos al concebido. El Ejecutivo realizó cinco observaciones al proyecto de ley considerando que era necesario definir el concepto de concebido pues al no presentar una definición se genera incertidumbre sobre cuáles son sus alcances. Asimismo, aseguró que el término “derecho del concebido” ha sido definido por profesionales no médicos que llaman a confusión; y que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una sentencia en donde se señala que el embrión no puede ser entendido como persona.

El Congreso solo consideró la quinta observación referida a la reformulación del planteamiento de derechos del concebido. Las otras cuatro fueron ignoradas.

Foto: El Congreso.

En junio, el Congreso también aprobó por insistencia la ley que autoriza el uso de armas no letales por parte de miembros del serenazgo, pese a las observaciones del Ejecutivo. La norma fue aprobada con 111 votos a favor y 0 en contra, pese a que el Ejecutivo señaló la inviabilidad para que las Fuerzas Armadas capaciten a los serenos municipales. Asimismo, indicaron que el uso de grilletes solo era facultad de la Policía Nacional del Perú (PNP). Además, se sugirió el cambio del término "armas no letales" a "medios de defensa".

En el último Pleno del año, el Congreso también aprobó por insistencia leyes observadas previamente y que han generado el rechazo de la ciudadanía. Entre ellas está el dictamen que propone la Ley que modifica la Ley 29763 (Ley forestal y de fauna silvestre) y aprueba disposiciones complementarias orientadas a promover la zonificación forestal.

Esta norma, según colectivos ambientales y especialistas en la materia, permitiría el aumento de la deforestación poniendo en riesgo a los bosques al excluir al Ministerio del Ambiente (MINAM) de los procesos de zonificación, además de distorsionar y eliminar los procedimientos que buscan regular y reducir la destrucción de bosques en tierras del Estado y en predios privados.

La iniciativa legislativa había recibido las opiniones negativas de la Defensoría del Pueblo y los ministerios de Agricultura y Ambiente, así como del SERFOR. Por ello, el Ejecutivo la observó sin embargo, se planteó una propuesta de reconsideración desde la Comisión Agraria del Congreso.

El Pleno del Congreso también aprobó por insistencia la ley que limita los plazos de colaboración eficaz a ocho meses. El Poder Ejecutivo observó la norma y propuso fijar este plazo en 36 meses improrrogables.

Lo que también ha sido observado por el Ejecutivo es el numeral 12 del artículo 473 del Código Procesal Penal por considerar que se trata de una incoherencia normativa. Esto debido a que el nuevo dictamen establece que el Fiscal Provincial, Superior o Supremo a cargo de la investigación, “tiene el deber de proteger el secreto o reserva de la totalidad del proceso de colaboración eficaz y el contenido de las declaraciones de los aspirantes a colaboradores, así como salvaguardar sus identidades, bajo responsabilidad, administrativa, civil y penal”.

Esta modificación había sido criticada por diferentes especialistas porque podría afectar directamente la libertad de información de los medios de comunicación, al plantearse una posible sanción penal a los periodistas que publiquen el contenido de las declaraciones de los colaboradores eficaces. Sin embargo, esta observación también fue desestimada por el Congreso.

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