Esta semana, la Subcomisión de acusaciones constitucionales del Congreso de la República, declaró procedente la denuncia constitucional por traición a la patria contra el presidente Pedro Castillo. Aunque suene inverosímil, la citada denuncia tiene entre sus fundamentos una norma que fue derogada hace 15 años.

El 1 de febrero de 2022, los ciudadanos Fernán Romano Altuve-Febres Lores, Ángel Guillermo Delgado Silva, Lourdes Celmira Rosario Flores Nano, Hugo Luis Guerra Arteaga, Francisco Antonio Gregorio Tudela Van Breugel Douglas y César Alfredo Vignolo Gonzáles Del Valle presentaron una denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo por infracción constitucional y traición a la patria; esto último por sus declaraciones a la cadena CNN sobre la posibilidad de otorgarle una salida al mar a Bolivia.

Tres semanas después y ante la posibilidad de que la denuncia sea declarada improcedente porque los denunciantes no cumplían con el requisito de ser personas "directamente agraviadas", los congresistas Norma Yarrow y José Cueto se adhirieron a la denuncia, pues los parlamentarios están facultados a denunciar constitucionalmente a cualquier alto funcionario.

El último lunes, la Subcomisión de acusaciones constitucionales declaró procedente la denuncia tanto por infracción constitucional como por traición a la patria. En el segundo caso, cita como sustento un artículo del Decreto Ley 23214, Código de Justicia Militar, promulgado el 24 de julio de 1980.

El documento hace alusión al artículo 78, numeral  27, del Código de Justicia Militar de 1980 en los términos siguientes:

Sin embargo, el Código de Justicia Militar de 1980 fue derogado por el Código de Justicia Militar promulgado el 10 de Enero del 2006. Y este último fue derogado a su vez por el Código Penal Militar Policial promulgado el 1 de setiembre del 2010.

Llama poderosamente la atención que la denuncia constitucional presentada por un grupo de reputados abogados incluya entre sus fundamentos una norma que no está vigente. También que nadie en la Subcomisión de acusaciones constitucionales lo haya advertido y que se haya declarado procedente invocando expresamente una norma derogada; es decir, que no forma parte de nuestro ordenamiento jurídico. Un hecho que da luces sobre la acuciosidad de una de las comisiones más importantes del Parlamento.

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