Cuatro congresistas de Acción Popular fueron salvados de ser acusados constitucionalmente por los presuntos delitos de organización criminal y tráfico de influencias. ¿Quedaron blindados para siempre? ¿Qué debería hacer la Fiscalía? El artículo 89 de la Constitución aclara el camino que debe seguir la fiscal de la Nación para volver a denunciarlos ante el Congreso de la República.

El pleno del Congreso rechazó por segunda vez la formulación de la acusación constitucional contra los legisladores  Raúl Doroteo, Darwin Espinoza, Elvis Vergara y Jorge Flores Ancachi, investigados por los presuntos delitos de organización criminal y tráfico de influencias agravado, en el marco del denominado caso ‘Los Niños’. Y, además, mandó al archivo el informe final de la denuncia elaborada por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC).

El resultado de la votación, casi al filo de la medianoche del último jueves, ha sido interpretado por una gran parte de la opinión pública como un acto de blindaje: si bien el proceso penal respecto al caso ‘Los Niños’ seguirá su curso, la Fiscalía no podrá continuar las indagaciones sobre los cuatros integrantes de la bancada de Acción Popular hasta que el Congreso lo permita.

Mira también:

“No está en mis planes ser candidata al Tribunal Constitucional”
La abogada Delia Muñoz, voceada como candidata de Fuerza Popular a magistrada del Tribunal Constitucional, descarta en esta entrevista con Epicentro Tv que esté en sus planes postular a dicha institución y pide acabar con las especulaciones que la sindican como “moneda de cambio” tras la elección de…

El artículo 89 de la Constitución Política que regula el procedimiento de la acusación constitucional, precisa que un caso debatido y archivado no puede volver a votarse en el pleno del Congreso hasta la siguiente legislatura (a partir del mes de julio), y sólo si hay una nueva prueba que sustente la denuncia.

“Las denuncias declaradas improcedentes o que tengan informe de archivamiento y que pongan fin al procedimiento de acusación constitucional, en cualquiera de sus etapas, no pueden volver a interponerse hasta el siguiente periodo anual de sesiones, requiriendo la presentación de nueva prueba que sustente la denuncia. En caso contrario son rechazadas de plano”, dice el inciso “m” del citado artículo.

Leyenda: Inciso “m” del artículo 89 de la Constitución Política del Perú.

Hace tres días, la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, presentó una denuncia constitucional contra los llamados ‘Los Niños’ de Acción Popular, quienes habrían tenido el rol de “proteger” al expresidente Pedro Castillo de las mociones de vacancia en el Parlamento y así beneficiarse con prebendas.

El abogado José Naupari sostiene que, en la actual legislatura, esta demanda podría pasar directamente al archivo, pese a las nuevas pruebas, pues se trata de un suceso que ya fue evaluado y rechazado dos veces (informes de la Comisión de Ética y de la SAC). Sin embargo, en julio próximo, la fiscal Benavides podría actualizar su denuncia y volver a presentarla.

En el llamado caso ‘Los Niños’, la Fiscalía investiga obras de agua y saneamiento incluidas en un Decreto Supremo firmado por el expresidente Pedro Castillo y proyectado por el entonces ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Geiner Alvarado, quien, como Castillo, cumple prisión preventiva.
Los congresistas Raúl Doroteo, Darwin Espinoza, Elvis Vergara y Jorge Flores Ancachi se salvaron gracias a los 43 votos en contra de 8 bancadas y un voto divergente de un congresista de Fuerza Popular, Luis Cordero Jon Tay, quien es investigado por presunta concusión en un caso de corrupción en la Policía Nacional y por maltrato a su ex pareja

Así fue la votación del informe contra Raúl Doroteo.
Así fue la votación del informe contra Darwin Espinoza.
Así fue la votación del informe contra Elvis Vergara.
Así fue la votación del informe contra Jorge Flores Ancachi.
Compartir