Arde la polémica por la forma en la que el Congreso llegó a los 67 votos requeridos para inhabilitar a los magistrados Inés Tello y Aldo Vasquez de la Junta Nacional de Justicia. Uno de los protagonistas de la controversia, el congresista José Luna, dice que es un asunto de “eneméutica” por hermenéutica.

En una polémica votación que duró toda la tarde y noche del jueves, el Pleno del Congreso aprobó acusar e inhabilitar a dos de los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por una presunta infracción constitucional.

Luego de escuchar los argumentos de los miembros de la JNJ y sus abogados, el Pleno del Congreso votó una a una las propuestas de resolución legislativa de cada uno de los magistrados que proponían acusarlos e inhabilitarlos de todo cargo público por un lapso de 10 años. Para lograr la aprobación de las propuestas legislativas, el Pleno debía alcanzar los 67 votos, ya que los 30 integrantes titulares de la Comisión Permanente, que aprobó la denuncia constitucional en febrero pasado, estaban impedidos de votar ante el Pleno.

Con 67 votos a favor, 23 en contra y 3 abstenciones, el Congreso decidió sancionar a Inés Tello De Ñecco por supuestamente haberse mantenido irregularmente en el cargo de miembro titular de la JNJ fuera del límite de edad previsto en la Constitución.

Le siguió el magistrado Aldo Vásquez, quien fue inhabilitado con 67 votos a favor, luego de que se presentara una reconsideración a la primera votación en la que se obtuvo 65 votos. Los congresistas Raúl Doroteo y Jorge Marticorena cambiaron sus votos para consolidar la salida de Vásquez.Sin embargo, los votos no alcanzaron para acusar e inhabilitar a los magistrados Imelda Tumialán, Henry Ávila, Antonio de la Haza, José Ávila, María Zavala y Guillermo Thornberry.

¿Una jugada inconstitucional?

Tras ser inhabilitada, Inés Tello de Ñecco envió un oficio al presidente del Congreso  para que declare que es inexistente la resolución que aprobó su inhabilitación pues votó el congresista de Podemos, José Luna, quien integra la Comisión Permanente. Sin su voto no se hubiera alcanzado aprobar el proyecto de resolución legislativa.

En el documento la magistrada cita el artículo 100 de la Constitución así como el artículo 89 inciso I) del Reglamento del Congreso que establecen que en la votación del Pleno del juicio político no participan los miembros de la Comisión Permanente. Por ello, finaliza asegurando “sigo siendo miembro de la Junta Nacional de Justicia”.

En minutos, el Congreso a través de su cuenta de X emitió un comunicado asegurando que Luna Gálvez no ejerció su voto en la Comisión Permanente, el pasado 26 de febrero cuando se aprobó el informe final que acusaba a los miembros de la JNJ. Por lo que, aseguran, “no existe ninguna causal de nulidad”.

El mismo argumento utilizó en sus redes la congresista fujimorista Martha Moyano quien señaló que “cuando un miembro titular de la permanente no votó en la sesión queda habilitado para ejercer su voto en el pleno, esto para los que no saben y están diciendo que hubo un voto inválido sobre la inhabilitación de una de las integrantes de la JNJ”.

El debate por la validez del voto de Luna se calentó en redes. La exministra de Justicia y Derechos Humanos, Ana Neyra, criticó el tuit de Martha Moyano: “La Presidenta de la Comisión de Constitución avalando una “práctica parlamentaria” contra la Constitución y el propio Reglamento del Congreso. Ahí sí no hay interpretación literal del artículo 100 de la Constitución”.

De igual forma, algunos abogados y especialistas han considerado lo sucedido ayer en el Pleno del Congreso como una vulneración a la Constitución. Así opinó el abogado de la PUCP Heber Joel Campos.

De igual manera, el constitucionalista Luciano López explicó que cuando un titular de la Comisión Permanente no ejerce su voto en la sesión no queda habilitado para votar en el Pleno porque “ incumple su deber institucional como miembro de tal Comisión”. “Eso es "fraude a la ley" (rectius: a la Constitución). Es un acto inconstitucional e inválido, además de sentar un pésimo precedente parlamentario: en fraude a la Constitución por cálculo de votos, en el futuro, miembros de la permanente no votarán allí para sumar votos en el Pleno”, tuiteó.

Asimismo, el abogado Renzo Cavani precisó que, entendiendo a la Comisión Permanente como un órgano acusador, y al Pleno del Congreso como un órgano juzgador, ambos no se pueden confundir. “Si eso ocurre, hay quiebra de imparcialidad y se afecta el debido proceso. Poco importa si es que los miembros de la Permanente votaron o no: el impedimento es al *órgano*”, dijo.

Los votos que no cuadran

El congresista José Luna Gálvez aseguró hoy que su voto en el Pleno del Congreso es válido porque es parte de la “eneméutica” (por hermenéutica)  parlamentaria”.

“La magistrada Inés Tello no conoce la “eneméutica”  parlamentaria que se usa desde hace más de 30 años. De los 60 que se inscriben en la Comisión Permanente, máximo 30 no pueden votar (…) Cuando un suplente vota ya está formando parte de los 30 y el titular que quedó pasa a ser congresista y pasa a votar. Eso se ha usado hace 30 años es normal", dijo.

Considerando el sentido de la votación de Luna Gálvez hay algunos votos de otros congresistas que no cuadran. Veamos.

Antes de cada votación, el presidente del Congreso, Alejandro Soto, autorizó que se lean los nombres de los congresistas impedidos de votar por ser integrantes, tanto titulares como suplentes, de la Comisión Permanente. Escuchemos.

Entre los mencionados aparecen los congresistas Eduardo Salhuana, María Acuña Peralta. Sin embargo, ambos parlamentarios al igual que el congresista Luna son miembros titulares de la Comisión Permanente pero no votaron en la acusación contra Tello el Pleno del pasado 26 de febrero. ¿Por qué ellos sí fueron impedidos de votar y Luna no?

Además, si bien no fue mencionada en la lista, la parlamentaria del Bloque Magisterial y Concertación Nacional, Lucinda Vásquez también fue impedida de votar ayer en el Pleno, según el documento de asistencia registrado. Pero ella también asistió a la Comisión Permanente y no votó en la acusación contra Tello en el Pleno del 26 de febrero. Es decir, estos tres parlamentarios estuvieron en la misma situación que Luna Gálvez pero ellos sí fueron impedidos de votar ayer. Algo no cuadra.

Votación del Pleno del jueves 7 de marzo. A estos se agregaron los de la congresista Tudela y Taipe Coronado, alcanzando así los 67 votos.

Asimismo, a quien también le aceptaron el voto al igual que al congresista José Luna fue al parlamentario de Somos Perú José Jerí. Él al igual que Luna, forma parte de la Comisión Permanente, pero no votó cuando se vio la acusación contra Inés Tello.

Según el constitucionalista Luciano López, ya que la misma forma de votación se repitió en el Pleno en el caso de Aldo Vásquez, él también debería recurrir al Poder Judicial a través de una demanda de amparo.

Mientras tanto, el Pleno del Congreso volverá a sesionar el lunes por la tarde. Ahí se tendría que votar el pedido de reconsideración presentado ante la votación que rechazó la inhabilitación de Antonio De la Haza.

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