La presidenta está siendo demandada por presuntamente haber cometido crímenes de lesa humanidad, durante las protestas en su contra entre finales de 2022 e inicios de 2023. Ahora queda pendiente que la Fiscalía de la CPI revise si la demanda será atendida o no.

Una denuncia más se suma a larga lista que ya acumula la presidenta Dina Boluarte. A diferencia de la mayoría, esta no es constitucional y no estará a cargo del Congreso, sino que fue presentada ante la Corte Penal Internacional (CPI). Este es un tribunal especial, pues no juzga a un Estado, sino a personas que hayan cometido delitos graves como genocidio, agresión, crímenes de guerra o de lesa humanidad.

Y fue precisamente por este último delito que la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh), así como la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH)  demandaron a la presidenta ante dicha Corte.

“Consideramos que son crímenes de lesa humanidad por el carácter organizado de la fuerza pública, las armas letales utilizadas. También por las alarmas que se dieron por esos casi tres meses (diciembre 2022 a marzo 2023) y que no fueron tomados en cuenta”, mencionaron las voceras de ambas organizaciones en sus redes sociales.

0:00
/

A través de un documento de 106 páginas, Aprodeh y FIDH realizaron un “perfilamiento” detallado del caso de las 49 víctimas, donde se examinaron las causas de muerte de cada una de las personas, así como los patrones de sus lesiones. Además, señalaron que los implicados en la comisión de los crímenes de asesinato e intento de asesinato fueron las entidades estatales, “en particular integrantes del Ejército del Perú y de la Policía Nacional”, señala el informe presentado a la fiscalía de la CPI.

Perú en la mira por crímenes de lesa humanidad: asesinatos y represión sistemática en protestas de 2022-2023 | Descargar gratis PDF | Gobierno | Perú
Perú en la mira por crímenes de lesa humanidad: asesinatos y represión sistemática en protestas de 2022-2023

Contrapuntos

De acuerdo con el internacionalista Óscar Vidarte, que la demanda sea aceptada o no, dependerá de que se cumplan una serie de requisitos. Sin embargo, existe un punto clave a tener en cuenta. Recordemos que las competencias de esta Corte y cómo funciona están establecidas en el Estatuto de Roma.

Por lo que la parte más compleja de probar, según el especialista, sería que se cumpla con el artículo 17 de dicho Estatuto. Éste indica que la CPI solo entra en funcionamiento cuando los tribunales nacionales están indispuestos o “se agota la fase interna”.

“El tema es demostrar que en este caso puntual no hay ningún tipo de apoyo por parte del gobierno o las autoridades. Habría que demostrar que realmente la etapa interna está obstruida (...) o que existe una justicia peruana que no está haciendo su trabajo”, señaló Vidarte a Epicentro TV.

Si bien es cierto que los familiares de las víctimas declararon a los medios y ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que existen diversas trabas burocráticas en el sistema de justicia peruano, esto no necesariamente garantizaría que la CPI admita el caso. “Esta va a ser la parte más difícil de demostrar, pero no es imposible”, agregó el especialista.

En tema de tiempos, se ha perdido por lo menos más de medio año porque se han cambiado a 5 fiscales. Empezó con la Fiscalía de Crimen Organizado, luego pasó a una fiscalía penal común. En marzo, se logró instalar la Fiscalía de Derechos Humanos en Juliaca. Cuando se transfirió a esa fiscalía eran 7 tomos de investigación y cuando revisamos nos dimos cuenta de que las anteriores fiscalías no habían hecho diligencias tan importantes como las pruebas de absorción atómica, por ejemplo”, contó a Epicentro TV el pasado enero, César Quispe Calsin, abogado de familiares de las víctimas de Juliaca.

La decisión de acudir a fueros internacionales fue tomada porque en el Perú “nada garantiza que no haya impunidad para los crímenes de esta gestión”, señaló Gloria Cano a La República. En ese sentido, la abogada agregó que las intenciones del Congreso de intervenir el Ministerio Público o que se quiera publicar una “ley de impunidad para los crímenes de los 80 y los 90” y otros hechos más, hacen que este caso corra riesgo de impunidad.

Por otro lado, Vidarte resaltó que demostrar ante la CPI que Dina Boluarte habría cometido crímenes de lesa humanidad es un poco más sencillo que el anterior punto, pues se cumple con lo mencionado en el artículo 7 del Estatuto de Roma. Ahí se menciona que ese tipo de delitos son prácticas sistemáticas contra la población, sea en momentos de guerra o paz. “Esto incluye una serie de prácticas, entre ellas el asesinato”, relató el entrevistado.

“Bajo esa premisa uno podría decir que el gobierno de Boluarte llevó a cabo una práctica sistemática en el transcurso de varias semanas a través de las Fuerzas Armadas que mataron, asesinaron e intentaron asesinar a cientos de personas (...) Bajo ese supuesto, el concepto de lesa humanidad podría calzar, según la norma”, agregó Vidarte.

Tras la denuncia de Aprodeh y la FIDH, es ahora la Fiscalía de la Corte Penal Internacional la que debe evaluar si ésta cumple con los requisitos para solicitar el inicio de una investigación contra la presidenta Dina Boluarte por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad durante el estallido social contra su gobierno.

Compartir