El abogado constitucionalista Luciano López explicó en el programa Réplica (https://youtu.be/4tobRv90Zco) de qué manera la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción podría servir de soporte legal para que la Fiscalía tome una decisión que impida que el Presidente utilice su poder para encubrir a sus coinvestigados en los casos que tiene la Fiscalía contra la presunta organización criminal que seria encabezada por el propio mandatario.

La Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción es un tratado de la ONU adoptado el 31 de octubre de 2003 y el Perú es firmante de esa convención. En su articulo 25, la Convención establece claramente que los Estados tienen la obligación de adoptar las medidas para impedir la obstrucción de la justicia en los casos en los que se investiguen delitos de corrupción. Concretamente en el parágrafo b del articulo 25 establece que se debe impedir el uso de fuerza física, amenazas o intimidación para obstaculizar el cumplimiento de funciones de un funcionario de la Justicia y lo que ha ocurrido en la tarde de este martes es la obstaculización en Palacio de Gobierno de la diligencia del Ministerio Público, autorizada por un juez, para capturar a la cunada del presidente Castillo Yennifer Paredes por parte de los funcionarios de palacio.

El abogado Luciano López reveló que incluso la Convención contra la Corrupción ya sirvió de sustento para el juez Juan Carlos Checkley, titular del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, quien declaró infundada la tutela de derechos presentada por el presidente para evitar que el Ministerio Público continuara la investigación en su contra. El juez, reveló el abogado López, citó el articulo 30 de la Convención que establece que los Estados deben garantizar un equilibrio adecuado entre inmunidad y prerrogativas que impida que sean utilizados como camino hacia la impunidad. Incluso en el parágrafo 6 de ese articulo establece que cada Estado “considerará la posibilidad de establecer, en la medida en que ello sea concordante con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, procedimientos en virtud de los cuales un funcionario publico que sea acusado de un delito con arreglo a la presente Convención pueda, cuando proceda, ser destituido, suspendido o reasignado por la autoridad correspondiente teniendo presente el respeto al principio de presunción de inocencia”.

Según varios abogados, entre ellos el ex procurador César Azabache, y el constitucionalista Luciano López, esta Convención le permitiría a la Fiscal de la Nación solicitar la suspensión del cargo del Presidente Pedro Castillo para impedir que siga utilizando su poder presidencial para obstaculizar las graves investigaciones que pesan contra él y su entorno.

Consulte el texto completo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción aquí: https://www.unodc.org/documents/treaties/UNCAC/Publications/Convention/04-56163_S.pdf

Compartir